Hostigamiento Sexual: ¿Qué Pasa si la Acusación Tiene Fallas Procesales? Un Criterio Clave

El hostigamiento sexual es una de las faltas más graves en cualquier entorno, especialmente en el ámbito laboral y educativo. Sin embargo, llevar una acusación a una consecuencia legal, como el cese de un trabajador, requiere un manejo procesal impecable. Un caso reciente, analizado en una tesis aislada, ilustra a la perfección qué sucede cuando la parte acusadora comete errores y cuál es la obligación del tribunal ante un tema tan sensible.

El caso en cuestión involucra a un profesor acusado de hostigamiento sexual hacia una alumna mayor de edad. La Secretaría de Educación Pública (SEP) tomó cartas en el asunto y demandó ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje el cese de los efectos del nombramiento del profesor [01:45].

El Fundamento Legal: El Acta Administrativa

En el derecho burocrático, regido por el Apartado B del Artículo 123 Constitucional, el cese de un trabajador del Estado debe estar debidamente justificado. La herramienta fundamental para iniciar este proceso es siempre el acta administrativa [02:31]. En este documento, la dependencia (en este caso, la SEP) debe asentar los hechos, testimonios y pruebas que sustentan la falta grave.

En el acta de este caso, la SEP presentó impresiones de mensajes como prueba del hostigamiento [02:59]. Y aquí es donde comenzó el problema procesal.

El Error Crítico: La Falta de “Perfeccionamiento” de la Prueba

Al llegar el caso al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, la SEP no ofreció ningún medio para el “perfeccionamiento” de esas pruebas. Es decir, no solicitó las diligencias necesarias para validar la autenticidad y origen de esas impresiones de mensajes, dejándolas como simples indicios sin valor probatorio pleno [03:07].

Como resultado, el tribunal determinó que la SEP no había acreditado su acción. Al no haber pruebas fehacientes, se le negó la autorización para cesar al profesor, a pesar de la gravedad de la acusación [03:31].

La Intervención del Tribunal Colegiado: Un Deber Superior

Aquí es donde el criterio se vuelve trascendental. Un Tribunal Colegiado de Circuito revisó el caso y corrigió la plana al tribunal inferior. Recordó que, en los juicios laborales, los juzgadores no son meros espectadores pasivos, especialmente cuando se trata de temas de hostigamiento sexual y violencia de género [04:46].

El Colegiado estableció que el tribunal estaba obligado a ordenar el desahogo de las diligencias necesarias para perfeccionar las pruebas que ya estaban en el expediente, como los mensajes del acta administrativa [05:01]. En casos que involucran “categorías sospechosas” o violencia de género, el tribunal debe usar todas sus facultades para esclarecer la verdad, supliendo incluso las omisiones de las partes.

Este criterio es un poderoso recordatorio de que la búsqueda de justicia en casos de violencia de género trasciende los formalismos procesales y exige un rol activo y protector por parte de las autoridades judiciales .

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